Expediente 17.083Ley ordinaria
Agréguese un artículo 216 bis al código de familia, ley no. 5476 de 2 de diciembre de 1973, publicado en la gaceta no. 24 de 5 de febrero de 1974 y agréguese un artículo 882 bis y un artículo 882 ter al código procesal civil, ley no. 7130 de 21 de julio de 1989, publicado en la gaceta no. 208 de 3 de noviembre de 1989, para que cuando se celebren compromisos o transacciones de enajenación y gravamen sobre bienes de persona adulta mayor de ochenta años o más, la misma se autorice por medio de disposición judicial, en diligencias de utilidad y necesidad.
Archivado
Lo presentó Rio José Merino Del el 3 de julio de 2008. Pasó por la comisión de Hacendarios (Área VI) y se archivó el 8 de octubre de 2009.