Expediente 3.485Ley ordinaria
Crease un impuesto de ¢ 0.50 por cada litro de licor nacional o extranjero, y uno de ¢ 0. 10 y de ¢ 20, respectivamente, por cada envase de cerveza de media botella y de un botella, a favor de las municipalidades de orotina, atenas, poas y alfaro ruiz.
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Lo presentaron 3 proponentes el 5 de junio de 1968. Se archivó el 5 de junio de 1970.