Expediente 5.847Ley ordinaria
Modificación al artículo 167 de la ley de carrera docente nº. 4565 de 4 de mayo de 1970, tendiente a que los educadores a que se refiere tal disposición, queden amparados por el régimen de enfermedad y maternidad, a que se haga una ratificación anual de la respectiva licencia, a que se realice durante 3 años, una evaluación médica del caso, ya contemplar la posibilidad de una reincorporación al sistema educativo.
LEY VIGENTE
Lo presentó Edwin León Villalobos el 3 de julio de 1974. Es ley.