Datos oficiales del Sistema de Información Legislativa de la Asamblea Legislativa de Costa RicaDatos oficiales del SILActualizado el 4 de octubre de 2026Actualizado el 04 oct 2026
Dispone que se podrán acojer a los benficios de la ley nº 148 de agosto de 1943 y sus reformas, los magistrados propietarios del tribunal supremo de elecciones, los funcionarios y empleados del tribunal supremo de elecciones y del registro civil, con más de 10 años de servicio
LEY VIGENTE
Lo presentaron 4 proponentes el 15 de mayo de 1980. Es ley.